Condiciones generales de venta, fabricación, entrega y montaje de equipos técnicos

§ 1 Ámbito de aplicación, forma

(1) Estas condiciones generales de venta, fabricación, suministro y montaje de equipos técnicos de WEGMANN automotive GmbH, Rudolf-Diesel-Straße 6 97209 Veitshöchheim (CGC) se aplican

  • para todos los contratos y demás relaciones jurídicas entre nosotros y el cliente («comprador»), en la medida en que tengan por objeto la venta de objetos muebles («mercancía») al comprador, independientemente de que fabriquemos la mercancía nosotros mismos o la compremos a proveedores (artículos 433, 650 BGB - Código Civil alemán),
  • para todos los contratos y demás relaciones jurídicas entre nosotros y el comprador, en la medida en que tengan por objeto la fabricación, el suministro y el montaje de sistemas técnicos, en particular sistemas de distribución automatizada («sistema»). Las CGC sólo se aplicarán si el comprador es una empresa (art. 14 BGB), una persona jurídica de derecho público o un patrimonio especial de derecho público.

(2) Si no se acuerda otra cosa, las CGC se aplicarán en la versión válida en el momento en que el comprador realice su pedido o, en cualquier caso, en la última versión enviada al comprador en forma de texto como acuerdo marco, incluso para futuros contratos del mismo tipo, y no estaremos obligados a remitirnos a ellas de nuevo en cada caso individual.

(3) Se aplicarán exclusivamente nuestras CGC. Las Condiciones Generales de Contratación divergentes, contradictorias o complementarias del comprador sólo serán válidas y se considerarán parte del contrato si hemos aprobado expresamente y por escrito su aplicabilidad. Este requisito de aprobación se aplicará en todos los casos, incluso, por ejemplo, si conocemos las CGC del comprador y prestamos servicios para el comprador de forma incondicional.

(4) Los acuerdos individuales (como contratos marco de suministro, acuerdos de garantía de calidad) y la información contenida en nuestra confirmación de pedido tendrán prioridad sobre las CGC. En caso de duda, las cláusulas comerciales se interpretarán según la versión de los Incoterms® publicada por la Cámara de Comercio Internacional de París (CCI) vigente en el momento de la celebración del contrato.

(5) Las declaraciones y notificaciones legalmente significativas del comprador relacionadas con el contrato (como plazos, notificaciones de defectos, rescisión o reducción) se presentarán por escrito, por ejemplo, en forma escrita o de texto (como por carta, correo electrónico, fax). Los requisitos formales legales y otras comprobaciones no se verán afectados, en particular si existen dudas sobre la legitimación del declarante.

(6) Las referencias a la aplicabilidad de las disposiciones legales sólo se realizarán a modo de aclaración. Por lo tanto, las normas legales se aplicarán incluso sin dicha aclaración, a menos que se modifiquen directamente o se excluyan expresamente en estas CGC.

§ 2 Conclusión del contrato

(1) Nuestras ofertas no son vinculantes. Este es el caso incluso si hemos proporcionado al comprador catálogos, documentación técnica (como dibujos, planos, cálculos, referencias a normas DIN), otras descripciones de productos o archivos -incluso en formato electrónico- sobre los que nos hemos reservado derechos de autor y de propiedad. Estos documentos no pueden reproducirse ni ponerse a disposición de otras personas, en particular de empresas competidoras. Este es también el caso de los documentos escritos marcados como «confidenciales». El comprador requerirá nuestra confirmación expresa por escrito antes de divulgarlos a terceros.

(2) A menos que se designe expresamente como vinculante, la información técnica debe considerarse sólo aproximada. Las dimensiones y pesos están sujetos a las desviaciones permitidas según las normas técnicas o las tolerancias DIN para dimensiones, forma y peso. Todos los demás documentos, como imágenes y dibujos, deben considerarse sólo aproximados, a menos que se designen expresamente como vinculantes. Lo mismo se aplica a los planos, bocetos y otros documentos técnicos, protocolos de medición, certificados de materiales y fotografías, muestras, catálogos, folletos, imágenes, etc.

(3) El pedido de mercancías o el contrato de fabricación, entrega y montaje de un sistema por parte del comprador se considerará una oferta contractual vinculante. Salvo que se indique lo contrario en la oferta, tenemos derecho a aceptar esta oferta contractual en un plazo de diez días a partir de su recepción.

(4) La aceptación puede declararse por escrito (por ejemplo, mediante una confirmación de pedido) o mediante la entrega de la mercancía al comprador, en caso de un pedido de mercancías.

§ 3 Plazo de servicio y demora del servicio

(1) El plazo de entrega de la mercancía y de fabricación, entrega y montaje de los sistemas será acordado individualmente o indicado por nosotros en el momento de aceptar el pedido o contrato. De no ser así, en caso de venta de mercancías, éstas deberán entregarse en un plazo aproximado de dos semanas a partir de la celebración del contrato (plazo de servicio); en caso de fabricación, entrega y montaje de un sistema, este trabajo deberá completarse en un plazo aproximado de 50 semanas a partir de la celebración del contrato (plazo de servicio). En el caso de la fabricación, entrega y montaje de sistemas, el plazo de servicio comenzará como muy pronto una vez que se hayan aclarado todas las cuestiones técnicas relativas a la ejecución del respectivo contrato, una vez que hayamos recibido todos los documentos de planificación necesarios y una vez que el comprador haya completado sus obligaciones de cooperación.

(2) Si no pudiéramos cumplir los plazos de servicio vinculantes por motivos no imputables a nosotros (no disponibilidad de la mercancía), informaremos de ello al comprador sin demora y le comunicaremos al mismo tiempo el nuevo plazo de entrega previsto. Si los servicios no están disponibles dentro del nuevo plazo de servicio, tendremos derecho a rescindir el contrato total o parcialmente; reembolsaremos sin demora los servicios de devolución prestados por el comprador. La no disponibilidad de los servicios en este sentido incluye, en particular, si no recibimos puntualmente las entregas o servicios de nuestros propios proveedores, si hemos concluido una operación de cobertura congruente, si ni nosotros ni nuestros proveedores somos culpables, o si no estamos obligados a comprar en un caso individual.

(3) La determinación de si incurrimos o no en mora se realizará de acuerdo con la ley. No obstante, en todos los casos será necesaria una advertencia por parte del comprador. Si incurrimos en demora en el cumplimiento, el comprador podrá exigir una indemnización a tanto alzado por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia de la demora. El importe a tanto alzado por daños y perjuicios será del 0,5% del precio neto (valor del servicio) por cada semana completa de demora, o un máximo del 5% del valor del servicio por la mercancía o el sistema entregados con retraso. Nos reservamos el derecho a demostrar que el comprador no ha sufrido ningún daño, o que ha sufrido daños muy inferiores a los importes a tanto alzado arriba indicados.

(4) Los derechos del comprador según el art. 8 de estas CGC y nuestros derechos legales, en particular si se excluye la obligación de servicio (por ejemplo, porque los servicios y/o el cumplimiento suplementario son imposibles o no razonables) no se verán afectados.

(5) Los casos de fuerza mayor, los conflictos laborales, los disturbios, las medidas oficiales y otros incidentes imprevisibles, inevitables y graves nos eximirán de nuestras obligaciones de servicio mientras dure la perturbación y en la medida de sus efectos. Este es el caso incluso si estos incidentes se producen en un momento en el que el comprador se encuentra en mora. Tanto nosotros como el comprador estamos obligados a facilitar sin demora la información necesaria y a ajustar de buena fe nuestras obligaciones a las circunstancias cambiantes siempre que sea razonable.

§ 4 Entrega, transmisión del riesgo, aceptación, demora de la aceptación

(1) Si el objeto del contrato es la venta de mercancías, éstas se venderán desde nuestro almacén, que también será el lugar de cumplimiento para la entrega y cualquier prestación adicional pertinente. A petición y por cuenta del comprador, la mercancía se enviará a otro destino (venta contra reembolso). Si no se acuerda otra cosa, en caso de venta de mercancías, tenemos derecho a determinar nosotros mismos el tipo de envío (en particular, la empresa de transporte, la ruta de envío y el embalaje). En caso de venta de mercancías, los costes habituales de embalaje correrán a cargo del comprador.

(2) El riesgo de deterioro o pérdida accidental de las mercancías se transferirá a más tardar en el momento de la entrega al comprador en caso de venta de mercancías. No obstante, en caso de venta con entrega para la venta de mercancías, el riesgo de deterioro y pérdida accidentales de las mercancías y el riesgo de demora se transferirán ya en el momento de la entrega de las mercancías a la empresa de transporte, al expedidor o a la otra persona o establecimiento encargado del envío. Si se acuerda la aceptación en el caso de una venta de mercancías, ésta será determinante para la transferencia del riesgo. En caso contrario, se aplicarán las disposiciones legales sobre derecho contractual a la aceptación acordada. Si el comprador se demora en la aceptación, ésta se considerará equivalente a la entrega o aceptación.

(3) Si el objeto del contrato es la fabricación, entrega y montaje de sistemas, y si hemos notificado al comprador que la fabricación y el montaje del sistema se han completado, entonces el comprador está obligado a aceptar el servicio realizado por nosotros. El comprador no tiene derecho a denegar la aceptación debido a un defecto insignificante. La aceptación se considerará concedida una vez transcurridas dos semanas desde la notificación de que la fabricación, el suministro y el montaje del sistema han finalizado, si la aceptación se retrasa por motivos no imputables a nosotros. Si el comprador se reserva el derecho a hacer valer un defecto, nuestra responsabilidad por defectos evidentes expirará en el momento de la aceptación. El riesgo de deterioro o pérdida accidental del sistema se transferirá al comprador en el momento de su aceptación. Si el comprador se demora en la aceptación, ésta se considerará equivalente a la entrega o aceptación.

(4) Si el comprador incurre en demora de aceptación, no lleva a cabo alguna acción de colaboración o si nuestra entrega se retrasa por otros motivos de los que sea responsable el comprador, tendremos derecho a exigir el reembolso de los daños y perjuicios resultantes, incluidos los gastos adicionales (como los costes de almacenamiento). A tal efecto, cobraremos una indemnización por daños y perjuicios a tanto alzado del 0,5% del precio neto por semana natural, a partir del plazo de servicio o, si no hay plazo de servicio, con la notificación de que los servicios están listos para ser prestados. El derecho a probar que los daños fueron mayores y nuestras reclamaciones legales (en particular para el reembolso de gastos adicionales, daños apropiados, rescisión) no se verán afectados; sin embargo, la tarifa fija se compensará con otras reclamaciones monetarias. El comprador seguirá teniendo derecho a demostrar que no ha sufrido daños o que éstos han sido considerablemente inferiores a los importes a tanto alzado anteriormente mencionados.

§ 5 Precios y condiciones de pago

(1) Si no se acuerda otra cosa en cada caso concreto, para la venta de mercancías franco fábrica se aplicarán nuestros precios vigentes en el momento de la celebración del contrato, más el IVA legal. Si el objeto del contrato es la fabricación, suministro y montaje de sistemas, se aplicarán los precios indicados en nuestra oferta correspondiente. La deducción de un descuento requerirá un acuerdo por separado. Nos reservamos el derecho a modificar nuestros precios en una medida razonable si y en la medida en que los costes disminuyan o aumenten tras la celebración del contrato, en particular debido a convenios colectivos, modificaciones en los precios de los materiales o fluctuaciones de los tipos de cambio que influyan directamente en nuestros propios costes. Si el comprador lo solicita, le informaremos al respecto.

(2) En el caso de una venta por entrega para la venta de mercancías (art. 4 párr. 1), el comprador correrá con los gastos de transporte ex fábrica, así como con los costes de cualquier seguro de transporte solicitado por el comprador. Si no facturamos los costes de transporte reales incurridos en un caso individual, se considerará y aplicará una tarifa plana para el transporte (excluido el seguro de transporte) de cien EUR. Los derechos de aduana, tasas, impuestos y demás cargas públicas correrán a cargo del comprador.

(3) En caso de venta de bienes, el precio vencerá y será pagadero en un plazo de 14 días a partir de la fecha de facturación y entrega o aceptación de los bienes. No obstante, tenemos derecho a completar la entrega total o parcialmente sólo a cambio del pago por adelantado en cualquier momento, incluso en el curso de una relación comercial en curso. Declararemos una reserva a tal efecto a más tardar con la confirmación del pedido. El comprador incurrirá en mora a más tardar al finalizar el plazo de pago mencionado. El precio estará sujeto a intereses al tipo de interés de demora legal aplicable mientras el contrato se encuentre en mora. Si el comprador no paga el importe adeudado tras un plazo de servicio indicado en el párrafo anterior fijado por nosotros de un mes, podremos rescindir el contrato mediante una simple notificación por escrito y exigir una indemnización por daños y perjuicios de hasta el 25% del valor de la parte del objeto de entrega en consideración resultante del contrato. Si podemos demostrar que los daños y perjuicios por incumplimiento fueron superiores, entonces tenemos derecho a hacer valer estos daños y perjuicios. Sin embargo, el comprador tiene derecho a demostrarnos que no hemos sufrido daños o que éstos han sido considerablemente inferiores como consecuencia de la demora en el pago o de la rescisión del contrato. Nos reservamos el derecho a hacer valer otros daños y perjuicios debidos al impago. Nuestro derecho a percibir intereses comerciales al vencimiento (art. 353 HGB - Código de Comercio alemán) frente a los comerciantes no se verá afectado.

(4) Si el objeto del contrato es la fabricación, entrega y montaje de sistemas, el precio vencerá tras la aceptación de la disciplina y la recepción de nuestra factura. El comprador no tendrá derecho a retener el pago debido a una contrademanda del comprador que sea impugnada por nosotros.

(5) Sólo aceptaremos cheques y letras de cambio sobre la base de un acuerdo por separado y únicamente en lugar del cumplimiento. Los gastos de descuento y todos los costes derivados del cobro del cheque o de la letra de cambio correrán a cargo del comprador.

(6) Tenemos derecho a exigir en cualquier momento garantías suficientes por nuestros créditos. Todos nuestros créditos serán pagaderos inmediatamente, independientemente de las condiciones de los cheques o letras de cambio recibidos, si el comprador incurre en mora con respecto a un crédito o viola los acuerdos contractuales, en la medida en que esta violación o el crédito en mora sean significativos, o si se produce un deterioro significativo de la situación financiera del comprador que ponga en peligro nuestro derecho al pago.

(7) Si tras la celebración del contrato se pone de manifiesto (por ejemplo, debido a una solicitud de apertura de un procedimiento de insolvencia) que nuestro derecho al precio está en peligro debido a la incapacidad de pago del comprador, tendremos derecho a denegar los servicios y a rescindir el contrato -en caso necesario, tras conceder un plazo de gracia- de conformidad con la ley (art. 321 del BGB). En el caso de contratos para la fabricación de mercancías a medida, podemos declarar inmediatamente nuestra rescisión; las disposiciones legales sobre la dispensa del plazo de gracia no se verán afectadas.

§ 6 Reserva de propiedad y derecho de retención

(1) Nos reservamos la propiedad de la mercancía vendida y de los sistemas fabricados, suministrados e instalados por nosotros hasta el pago íntegro de todos nuestros créditos actuales y futuros derivados del contrato y de la relación comercial en curso (créditos garantizados).

(2) La mercancía sujeta a reserva de propiedad no podrá pignorarse a terceros ni transferirse como garantía hasta que se hayan pagado todas las reclamaciones garantizadas. El comprador deberá notificarnos sin demora y por escrito si se presenta una solicitud de apertura de un procedimiento de insolvencia o en caso de embargo por parte de terceros de mercancías que nos pertenezcan (por ejemplo, mediante pignoración).

(3) Si el comprador se comporta de forma contraria al contrato, en particular por no pagar el precio adeudado, tendremos derecho a rescindir el contrato de conformidad con la ley y/o a exigir la devolución de los bienes basándonos en nuestra reserva de propiedad. La solicitud de devolución de la mercancía no se considerará desistimiento, sino que sólo tendremos derecho a exigir la devolución de la mercancía y reservarnos el derecho de desistimiento. Si el comprador no paga el precio debido, sólo podremos hacer valer estos derechos si previamente hemos fijado sin éxito un plazo de pago razonable para el comprador, o si dicho plazo no es exigible conforme a la ley.

(4) El comprador estará facultado, hasta su revocación conforme al apartado (c) siguiente, a vender y/o transformar mercancías sujetas a reserva de dominio en el curso normal de sus negocios. En este caso, se aplicarán también las siguientes disposiciones:

(a) La reserva de propiedad se extenderá a los productos creados mediante la transformación, mezcla o combinación de nuestras mercancías por su valor total, por lo que se nos considerará el fabricante. Si siguen existiendo derechos de propiedad de terceros en caso de transformación, mezcla o combinación con mercancías de terceros, obtendremos la copropiedad de las mercancías en relación con el valor de factura de las mercancías transformadas, mezcladas o combinadas. Por lo demás, se aplicarán las mismas condiciones para el producto elaborado que para la mercancía entregada en régimen de reserva de dominio.

(b) Por la presente, el comprador nos cede los créditos frente a terceros resultantes de la venta posterior de mercancías o productos en su totalidad o en la cuantía de cualquier copropiedad por nuestra parte según el párrafo anterior a modo de garantía. Por la presente aceptamos la cesión. Las obligaciones del comprador enumeradas en el párrafo 2 también se aplicarán con respecto a las reclamaciones cedidas.

(c) Tanto nosotros como el comprador seguimos teniendo derecho a cobrar los créditos. Por la presente nos comprometemos a no cobrar el crédito mientras el comprador cumpla sus obligaciones de pago frente a nosotros, mientras no exista una deficiencia en su capacidad de pago y mientras no hagamos valer nuestra retención de propiedad ejerciendo un derecho conforme al párrafo 3. No obstante, si este es el caso, podemos solicitar que el comprador nos notifique los créditos cedidos y sus deudores, nos facilite toda la información necesaria para cobrarlos, nos proporcione los documentos asociados e informe a los deudores (terceros) de la cesión. Además, en este caso tenemos derecho a revocar el derecho del comprador a una venta posterior y a procesar las mercancías sujetas a una reserva de dominio.

(d) Si el valor realizable de las garantías supera nuestras reclamaciones en más del 10%, liberaremos las garantías a nuestra discreción a petición del comprador.

(5) Si el objeto del contrato es la fabricación, entrega y montaje de sistemas, tendremos derecho de retención sobre el sistema que esté en posesión del comprador en virtud del contrato como resultado de una reclamación en virtud de este contrato. El derecho de retención también podrá hacerse valer por reclamaciones de servicios prestados con anterioridad, en la medida en que éstos estén relacionados con el objeto respectivo del contrato. El derecho de retención sólo se aplicará a otras reclamaciones derivadas de la relación comercial si éstas son indiscutibles o jurídicamente vinculantes.

§ 7 Reclamaciones por defectos del comprador

(1) Las disposiciones legales se aplicarán a los derechos del comprador en relación con los defectos materiales y los defectos de titularidad (incluidas las entregas incorrectas y reducidas y el montaje incorrecto o los manuales de montaje deficientes), salvo que se acuerde otra cosa en lo sucesivo. Si el objeto del contrato es la venta de mercancías, no se verán afectadas en ningún caso las disposiciones legales especiales sobre el reembolso de gastos en la entrega final de mercancías de nueva fabricación a un consumidor (recurso del proveedor según los artículos 478, 445a, 445b y los artículos 445c, 327 párrafo 5, 327u BGB). 5, 327u BGB), a menos que se haya acordado una compensación equivalente, por ejemplo, en virtud de un acuerdo de garantía de calidad.

(2) La base principal de nuestra responsabilidad por defectos será el acuerdo celebrado sobre las características de la mercancía o del sistema, tanto para los contratos de compraventa de mercancías como para los contratos de fabricación, suministro y montaje de sistemas. Todas las descripciones de los productos y la información del fabricante que sean objeto del contrato individual o que hayamos publicado (en particular en catálogos o en nuestra página web) en el momento de la celebración del contrato, así como las disposiciones de estas CGC, se considerarán un acuerdo sobre las características de la mercancía o del sistema.

(3) Si no se han acordado las características, la existencia o no de un defecto se valorará en base a las disposiciones legales (artículos 434, apartado 3, 633, apartado 2, cláusula 2 y 3 del BGB). Las declaraciones públicas del fabricante o en su nombre, en particular en la publicidad o en la etiqueta de la mercancía, prevalecerán a este respecto sobre las declaraciones de terceros.

(4) En caso de venta de bienes, seremos responsables de acuerdo con las siguientes normas:

En general, no somos responsables de los defectos que el comprador conozca en el momento de la celebración del contrato o que no conozca por negligencia grave (art. 442 BGB). Además, para que el comprador pueda hacer valer una reclamación por defectos, debe haber cumplido sus deberes legales de investigación y reclamación (arts. 377, 381 HGB). En el caso de mercancías destinadas a la instalación o a otro tipo de transformación, la investigación debe realizarse siempre directamente antes de la transformación. Si el comprador no realiza debidamente la investigación y/o no presenta la notificación de defectos, nuestra responsabilidad por el defecto que no se nos haya notificado oportuna o debidamente quedará excluida de conformidad con la ley. En el caso de mercancías destinadas a la instalación, el montaje o la integración, éste será el caso incluso si el defecto resultante de la infracción de una de estas obligaciones sólo fuera obvio después del procesamiento pertinente; en este caso, en particular, el comprador no tendrá derecho al reembolso de los costes pertinentes («costes de retirada e instalación»).

Si la mercancía es defectuosa, podemos elegir en primer lugar si realizamos el cumplimiento suplementario corrigiendo el defecto (rectificación) o entregando una mercancía libre de defectos (entrega de sustitución). Nuestro derecho a denegar el cumplimiento suplementario de conformidad con la ley no se verá afectado.

Tenemos derecho a condicionar el cumplimiento suplementario debido al pago del precio por parte del comprador. No obstante, el comprador tendrá derecho a retener una parte del precio razonable en relación con el defecto.

El comprador nos proporcionará el tiempo y la oportunidad necesarios para completar el cumplimiento suplementario adeudado y, en particular, nos proporcionará las mercancías sobre las que se hayan presentado reclamaciones a efectos de inspección; el plazo necesario para el cumplimiento suplementario será de hasta trece semanas a partir de la recepción por nuestra parte de la notificación del defecto por parte del comprador, aunque no se haya acordado un plazo máximo. En caso de suministro sustitutivo, el comprador deberá devolvernos la mercancía defectuosa de conformidad con la ley; no obstante, el comprador no tendrá derecho a la devolución de la mercancía. El cumplimiento suplementario no incluirá el desmontaje, la retirada o el desensamblaje de la mercancía, ni la instalación, integración o fijación de la mercancía libre de defectos si no estábamos obligados originalmente a llevar a cabo estos servicios; las reclamaciones del comprador para el reembolso de los costes pertinentes («coste de retirada e instalación») no se verán afectadas.

(5) Si el objeto del contrato es la fabricación y montaje de sistemas, responderemos de acuerdo con lo siguiente:

Si el sistema suministrado es defectuoso, podemos elegir en primer lugar entre prestar un servicio adicional corrigiendo el defecto (rectificación) o fabricando un sistema libre de defectos (producción de sustitución). Nuestro derecho a denegar la prestación suplementaria de conformidad con la ley no se verá afectado.

El comprador deberá notificarnos los defectos detectados sin demora y por escrito. Si el defecto es insignificante para los intereses del comprador o se basa en una circunstancia de la que el comprador es responsable, no existirá responsabilidad alguna por nuestra parte.

Lo mismo se aplica a los defectos y daños ocasionados porque el comprador o terceros hayan realizado modificaciones indebidas o trabajos de reparación inadecuados en sistemas fabricados e instalados por nosotros sin nuestra autorización previa.

Estamos autorizados a condicionar la prestación suplementaria debida al pago del precio por parte del comprador. No obstante, el comprador tiene derecho a retener una parte del precio razonable en relación con el defecto.

El comprador deberá proporcionarnos el tiempo y la oportunidad necesarios para llevar a cabo el cumplimiento suplementario adeudado y, en particular, deberá hacer posible que inspeccionemos el sistema sobre el que se ha presentado la reclamación; el plazo necesario para el cumplimiento suplementario será de hasta trece semanas a partir de la recepción por nuestra parte de la notificación del defecto por parte del comprador, aunque no se haya acordado un plazo máximo.

(6) Los gastos necesarios para la inspección y el cumplimiento adicional, en particular los gastos de transporte, desplazamiento, trabajo y material, así como los gastos de desmontaje y montaje, correrán a nuestro cargo o serán reembolsados por nosotros, de conformidad con las disposiciones legales y las presentes Condiciones Generales, si realmente existe un defecto. En caso contrario, podremos exigir al comprador el reembolso de los gastos ocasionados por la solicitud ilegítima de subsanación de defectos (en particular, los gastos de inspección y transporte), a menos que el comprador no hubiera podido tener conocimiento de que no éramos responsables del defecto.

(7) En casos urgentes, por ejemplo si peligra la seguridad de funcionamiento o para defenderse de daños no razonables, el comprador tiene derecho a corregir el defecto por sí mismo y exigirnos el reembolso de los gastos objetivamente necesarios para ello. El comprador deberá notificarnos sin demora los trabajos que vaya a realizar, a ser posible con antelación. El comprador no tendrá derecho a realizar los trabajos por sí mismo si tuviéramos derecho a denegar el cumplimiento adicional de acuerdo con la ley.

(8) Si el cumplimiento suplementario fracasa o si el plazo fijado por el comprador para el cumplimiento suplementario ha expirado sin éxito, o no es necesario de acuerdo con la ley, el comprador podrá rescindir el contrato de compra o reducir el precio. No obstante, no existirá derecho de rescisión por defectos insignificantes.

(9) Las reclamaciones del comprador para el reembolso de daños y perjuicios o gastos inútiles sólo existirán de conformidad con el art. 8, incluso en caso de defectos, y quedarán excluidas en caso contrario.

(10) No aceptaremos ninguna garantía por daños ocasionados por los siguientes motivos: Uso indebido o inadecuado, montaje o puesta en marcha incorrectos por parte del comprador o de terceros, desgaste natural, manipulación incorrecta o negligente, en particular carga excesiva, materiales de funcionamiento inadecuados, materiales de sustitución, influencias químicas, electroquímicas o eléctricas, si no son consecuencia ni de un montaje incorrecto por nuestra parte ni de una deficiencia en las instrucciones facilitadas por nosotros.

§ 8 Otras responsabilidades

(1) Salvo que se indique lo contrario en las presentes CGC, incluidas las siguientes disposiciones, seremos responsables de conformidad con la ley por el incumplimiento de obligaciones contractuales y extracontractuales.

(2) Seremos responsables de los daños y perjuicios en caso de acción intencionada y negligencia grave, independientemente de los motivos legales, en el caso de responsabilidad por culpa. A reserva de las limitaciones legales de la responsabilidad (como la diligencia debida en nuestros propios asuntos; incumplimientos insignificantes del deber), sólo seremos responsables por negligencia simple

(a) por daños resultantes de una lesión a la vida, el cuerpo o la salud,

(b) por daños resultantes del incumplimiento de una obligación contractual importante (obligación que debe cumplirse para que el contrato se ejecute correctamente y en cuyo cumplimiento confía la parte contratante y debería poder confiar regularmente); no obstante, en este caso nuestra responsabilidad se limitará al reembolso de los daños previsibles y típicos.

(3) Las limitaciones de responsabilidad conforme al apartado 2 se aplicarán incluso en caso de incumplimiento de obligaciones por o a favor de personal de cuya culpabilidad seamos responsables conforme a la ley. No se aplicarán si ocultamos intencionadamente un defecto o hemos ofrecido una garantía por las características de la mercancía o del sistema y por las reclamaciones del comprador en virtud de la Ley de Responsabilidad por Productos Defectuosos.

(4) El comprador sólo podrá desistir del contrato o rescindirlo debido a un incumplimiento del deber que no consista en un defecto si somos responsables del incumplimiento del deber. Queda excluido cualquier derecho libre de rescisión por parte del comprador (en particular, según los artículos 650, 648 del BGB). Por lo demás, se aplicarán los requisitos legales y las consecuencias jurídicas.

§ 9 Plazo de prescripción

(1) En contra de lo dispuesto en el art. 438 párr. 1 núm. 3, el plazo de prescripción general para reclamaciones derivadas de defectos materiales y defectos de titularidad para la venta de mercancías será de un año a partir del momento de la entrega. Si se acuerda la aceptación para una venta de bienes, el plazo de prescripción comenzará en el momento de la aceptación. Otras disposiciones legales especiales sobre prescripción no se verán afectadas (en particular, Sec. 438 párrafo 1 nº 1, 76 párrafo 3, Secciones 444, 445b BGB).

(2) Los plazos de prescripción anteriores también se aplicarán a las reclamaciones contractuales y extracontractuales de indemnización por daños y perjuicios del comprador que se basen en un defecto de la mercancía, a menos que la aplicación del plazo de prescripción legal ordinario (artículos 195, 199 del BGB) dé lugar a un plazo de prescripción más corto en el caso concreto. No obstante, las reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios del comprador conforme al art. 8, apdo. 2, y a la Ley de Responsabilidad por Productos Defectuosos prescribirán únicamente de acuerdo con los plazos de prescripción legales.

§ 10 Derecho de inspección

Salvo que se demuestre lo contrario por motivos de confidencialidad u otros intereses importantes del comprador, podremos inspeccionar los sistemas fabricados e instalados por nosotros previa notificación en las instalaciones del comprador, revisar los resultados de funcionamiento y mostrar el sistema a nuestros clientes potenciales.

§ 11 Protección de datos

Si el comprador nos facilita datos en relación con la celebración de un contrato y otra relación jurídica en relación con el pedido y/o la entrega de mercancías y/o la fabricación y montaje de un sistema, y si procesamos, utilizamos o recopilamos posteriormente estos datos, cumpliremos las disposiciones legales aplicables en materia de protección de datos.

Los datos se procesarán, utilizarán o recopilarán posteriormente de conformidad con los siguientes principios:

(1) Recopilaremos la siguiente información del comprador en todas las relaciones contractuales, incluidas las ofertas, las aceptaciones de ofertas y las confirmaciones de pedidos:

  • Título, nombre, apellidos, razón social
  • Dirección válida de correo electrónico,
  • Dirección,
  • Número de teléfono (fijo y/o móvil)
  • Información necesaria para llevar a cabo el pedido

Estos datos se recopilarán

  • para poder identificar al comprador;
  • para que podamos llevar a cabo nuestros respectivos servicios contractuales para el comprador;
  • para la correspondencia con el comprador;
  • a efectos de facturacion
  • para llevar a cabo cualquier reclamación de responsabilidad o hacer valer cualquier otra reclamación contra el comprador;

Los datos se procesarán a petición del comprador y se requerirán de conformidad con el Art. 6 para. 1 cláusula 1 lit. b GDPR para los fines indicados para llevar a cabo adecuadamente el pedido y para que ambas partes cumplan sus obligaciones en virtud de la relación contractual.

Los datos personales recopilados por nosotros para la ejecución del contrato se almacenarán hasta que finalice el periodo de conservación legal y, a continuación, se eliminarán, a menos que estemos obligados a almacenarlos durante más tiempo en virtud del artículo 6, apartado 1, cláusula 1, letra c del RGPD debido a fines de archivo y documentación de derecho fiscal y mercantil (en virtud del HGB, el StGB (Código Penal alemán) o el AO (Código Tributario), o si el comprador ha dado su consentimiento para ello. 1 cláusula 1 lit. c GDPR debido a fines de archivo y documentación de derecho fiscal y mercantil (en virtud del HGB, StGB (Código Penal alemán) o AO (Código Tributario)), o si el comprador ha dado su consentimiento para un almacenamiento posterior de acuerdo con el Art. 6 para. 1 cláusula 1 lit. a GDPR.

(2) Los datos personales del comprador no se transmitirán a terceros por motivos distintos de los enumerados a continuación. En caso necesario, de conformidad con el Art. 6 párr. 1 cláusula 1 lit. b GDPR para llevar a cabo relaciones contractuales con el comprador, los datos personales del comprador se revelarán a terceros. Esto incluye, en particular, la divulgación a los empleados que trabajan para nosotros de otras empresas colaboradoras a efectos de correspondencia y para llevar a cabo el pedido. Los terceros sólo podrán utilizar los datos revelados para los fines indicados.

(3) El comprador tiene derecho:

  • revocar en cualquier momento el consentimiento que nos haya otorgado de conformidad con el art. 7 para. 3 GDPR. Si el comprador lo hace, no se nos permitirá continuar en el futuro con el tratamiento de datos basado en este consentimiento.
  • Solicitar información sobre los datos personales del comprador procesados por nosotros de acuerdo con el Art. 15 GDPR. En particular, el comprador puede solicitar información sobre los fines del tratamiento, las categorías de datos personales, las categorías de destinatarios a los que se han revelado o se revelarán los datos del comprador, el plazo de archivo previsto, la existencia de un derecho de rectificación, supresión, limitación del tratamiento u oposición, la existencia de un derecho a presentar reclamaciones, los orígenes de los datos del comprador si no los hemos recopilado nosotros, y la existencia de procesos automatizados de toma de decisiones, incluida la elaboración de perfiles, y cualquier información significativa sobre los detalles de dichos procesos;
  • de conformidad con el Art. 16 GDPR, el derecho a solicitar la pronta rectificación de los datos incorrectos o a completar los datos personales del comprador que hayamos almacenado;
  • de conformidad con el Art. 16 GDPR, el derecho a solicitar la pronta rectificación de los datos incorrectos o a completar los datos personales del comprador que hayamos almacenado;
  • de conformidad con el art. 17 GDPR, el derecho a solicitar la eliminación de los datos personales del comprador almacenados por nosotros, a menos que el procesamiento sea necesario para ejercer el derecho a la libertad de expresión e información, para cumplir una obligación legal, por motivos relacionados con el interés público o para hacer valer, ejercer o defenderse de reclamaciones legales;
  • de conformidad con el Art. 18 del GDPR, el derecho a solicitar la limitación del tratamiento de los datos personales del comprador, en la medida en que el comprador impugne la exactitud de los datos, el tratamiento sea ilegal, sin embargo, el comprador rechace la supresión de los datos, y ya no necesitemos los datos, pero el comprador sí los necesite para hacer valer, ejercer o defenderse contra reclamaciones legales, o el comprador haya presentado una objeción contra el tratamiento de acuerdo con el Art. 21 GDPR;
  • de conformidad con el Art. 20 del RGPD, el derecho a recibir los datos personales que el comprador nos haya facilitado en un formato estructurado, de uso común y lectura mecánica, o a solicitar su transmisión a otro responsable del tratamiento, y
  • de conformidad con el art. 77 del RGPD, el derecho a presentar reclamaciones ante una autoridad de control. En general, para ejercer estos derechos, el comprador puede ponerse en contacto con la autoridad supervisora responsable de su lugar de residencia o lugar de trabajo, o ponerse en contacto con la sede de nuestra empresa.

(4) Si los datos personales del comprador se procesan sobre la base de intereses legítimos de conformidad con el Art. 6 para. 1 cláusula 1 lit. f GDPR, el comprador tiene derecho a presentar objeciones contra el procesamiento de sus datos personales de acuerdo con el Art. 21 GDPR, si existen razones para ello derivadas de su situación particular.

Si el comprador desea hacer uso de su derecho de oposición, bastará con enviar un correo electrónico a: info@wegmann-automotive.com.

(5) Este aviso de privacidad de datos se aplica al tratamiento de datos por parte de:

WEGMANN automotive GmbH
Rudolf-Diesel-Straße 6
97209 Veitshöchheim
Tel: +49 (0) 931-3 2104-0
Fax: +49 (0) 931-3 2104 -999

Página web: www.wegmann-automotive.com
Correo electrónico: info@wegmann-automotive.com

§ 12 Elección del derecho aplicable y fuero competente

(1) A estas CGC y a la relación contractual entre nosotros y el comprador se aplicará el derecho de la República Federal de Alemania, excluyendo el derecho internacional uniforme, en particular la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.

(2) Si el comprador es un comerciante en el sentido del Código de Comercio, una persona jurídica de derecho público o un patrimonio especial de derecho público, la jurisdicción exclusiva -incluida la internacional- para todos los litigios derivados directa o indirectamente de la relación contractual será la sede de nuestra empresa en Veitshöchheim. Lo mismo se aplicará si el comprador es una empresa en el sentido del art. 14 del BGB. No obstante, en todos los casos también tendremos derecho a presentar una demanda en el lugar de cumplimiento de la obligación de entrega según estas CGC o un acuerdo individual que tenga prioridad, o en el fuero general del comprador. Las disposiciones legales que tengan prioridad, en particular sobre responsabilidades exclusivas, no se verán afectadas.

§ 13 Nulidad parcial de nuestras disposiciones

La nulidad de determinadas disposiciones o cláusulas no afectará a la validez de las demás disposiciones de las presentes Condiciones Generales de Venta. Si el contrato o estas Condiciones Generales de Venta contienen lagunas, se considerarán acordadas para completar dichas lagunas las disposiciones legalmente válidas que los socios contractuales habrían concluido basándose en los objetivos económicos del contrato y la finalidad de estas Condiciones Generales de Venta, si el comprador hubiera tenido conocimiento de la laguna contractual.

Última actualización: Julio, 2022

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Rudolf-Diesel-Str. 6, 97209 Veitshöchheim